Reforma Subcontratación para Clientes
Estimado Cliente:
El pasado 24 de abril de 2021 entró en vigor decreto a través del cual se reformó la Ley Federal del Trabajo, Ley del Seguro Social, Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, Código Fiscal de la Federación, Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley del Impuesto al Valor Agregado y demás relativos en materia de subcontratación (la “Reforma”).
Dicha reforma prohíbe la subcontratación de personal, entendiéndose esta “cuando una persona física o moral proporciona o pone a disposición trabajadores propios en beneficio de otra”. Sin embargo, se permite la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria de estos, siempre que el contratista esté registrado en el padrón público a que se refiere el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo en la plataforma que la Secretaria del Trabajo habilitó para dicho registro en el siguiente dirección de internet https://repse.stps.gob.mx/.
Por lo anterior, nos permitimos comunicarle que Grupo Siemens dará estricto cumplimiento a esta nueva legislación y, en consecuencia, registraremos a nuestra entidad Siemens, S.A. ante el “Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas” (“REPSE”) de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por las actividades en las que prestamos servicios de dicha naturaleza y en las que asumimos existe puesta a disposición de nuestro personal dentro de la prestación de nuestros servicios.
Cabe señalar que Siemens, S.A. provee a sus clientes soluciones integradas de negocios en varias materias o ramas de diversas industrias, y como tal, también subcontrata ciertos servicios especializados para la debida integración de nuestras soluciones o servicios. Al respecto, les confirmamos que tanto Siemens, S.A. como cualquiera de nuestros proveedores que utilicemos para la integración de nuestras soluciones y prestación de servicios especializados, tienen la obligación de cumplir con sus obligaciones bajo esta nueva Reforma, incluyendo sin limitar la obtención y mantenimiento del registro correspondiente ante el sistema REPSE, así como de la entrega de información y documentación periódica relacionada al cumplimiento de obligaciones que establecen las leyes laborales, fiscales y de seguridad social.
Asimismo, hacemos constar, que dentro de la gama de servicios que prestamos o proveemos a nuestros clientes, hemos identificado aquellos en los que la actividad no implica la puesta a disposición de nuestro personal o del personal de cualquiera de nuestros proveedores en favor del cliente o del beneficiario del servicio, en cuyo caso, respecto a dichos servicios y/o relaciones comerciales consideramos que la Reforma no es aplicable y, en consecuencia, los mismos continuarán prestándose a través de contratos de prestación de servicios independientes regidos por la legislación civil y/o mercantil según corresponda
En este sentido y con todas estas modificaciones, es importante mencionar que en la Ley del Impuesto al Valor Agregado se derogó la obligación de aplicar la retención del 6% del IVA a las facturas por servicios de subcontratación, como resultado, las empresas del Grupo Siemens no emitirán ninguna factura aplicando la retención del 6% de IVA a partir del 1 de agosto de 2021.”
Finalmente, les comentamos que somos conscientes que esta Reforma en general implica diversas modificaciones en la operación y manera en que se prestan y se documentan los servicios y obligaciones entre las partes, por lo que aprovechamos para ponernos a su disposición en lo referente a cualquier modificación que requiramos implementar a contratos, órdenes de compra, conceptos de facturación, entre otros, con miras al cumplimiento y mitigación de riesgos relacionados con esta nueva legislación.
Atentamente,
Siemens México